¿Desea modificar su testamento vital?, ¿comprar una villa en Formentera?, ¿está tramitando una herencia o un traslado de capital a España? Le ayudamos con todos los trámites legales y a resolver todo tipo de dudas.
Sobre el Testamento hereditario incluye:
- ASESORÍA PARTICULAR SOBRE TU TESTAMENTO: Resolución de dudas y análisis de su situación particular. Asesoría de un abogado colegiado sobre las alternativas legales para repartir su herencia entre todos los herederos.
- ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS: Serán realizados por abogados expertos en derechos de sucesiones con el visto bueno de los mismos por parte del cliente antes del envío a la notaría para su firma.
La realización del testamento hereditario o sus modificaciones, incluye:
- Servicio de Secretaría que se encargará en un primer momento del asesoramiento sobre la cumplimentación de datos, así como la aclaración de las fases del servicio.
- Elaboración y redacción por parte del abogado del testamento para su visto bueno y revisión.
- Coordinación de su agenda y la de la notaría del lugar que elija para la firma del documento, una vez haya dado su conformidad al documento y en un plazo máximo de 24 horas laborables. Firma ante notario del testamento, entrega de una copia de escritura e inscripción del mismo en el Registro.
- Entrega de una copia simple de la escritura.
Sobre el Testamento vital incluye:
- ASESORAMIENTO Y REDACCIÓN DEL DOCUMENTO por parte del ABOGADO, según la voluntad que quiera hacer constar en el Testamento Vital.
- COORDINACIÓN DE SU AGENDA Y LA DE LA NOTARÍA cercana al lugar que elija, para la firma de su testamento (en aquellas Comunidades en las que se permita el otorgamiento del testamento vital ante un notario).
- FIRMA ANTE NOTARIO DE LOS DOCUMENTOS.
- INSCRIPCIÓN en el Registro de Instrucciones Previas en aquellas Comunidades Autónomas que permitan la inscripción del testamento por parte del Notario; y asesoramiento y preparación de la documentación necesaria para el registro en las Comunidades Autónomas en las que la inscripción tenga que realizarla personalmente el otorgante.
- ENTREGA DE UNA COPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA.